CMF Establece Nuevas Reglas para la Era Fintech con la Norma N°502

La normativa entrará en vigencia el próximo 3 de febrero

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha marcado un hito en la regulación de la Ley Fintec (N° 21.521) con la emisión de la Norma de Carácter General N°502. Esta normativa redefine el juego para los prestadores de servicios financieros, abarcando siete áreas clave dentro del Título II de la Ley Fintec:

  1. Plataformas de Financiamiento Colectivo
  2. Sistemas Alternativos de Transacción
  3. Intermediación de Instrumentos Financieros
  4. Enrutamiento de Órdenes
  5. Asesoría Crediticia
  6. Asesoría de Inversión
  7. Custodia de Instrumentos Financieros

La Norma N°502 deroga las anteriores Normas de Carácter General N°493 y N°494, consolidando los requisitos para los prestadores de servicios financieros en un único cuerpo normativo. Algunos de los aspectos fundamentales que abarca incluyen:

La normativa entrará en vigencia el 3 de febrero del presente año, completando así el marco normativo para los siete servicios financieros regulados por la CMF bajo la Ley Fintec. Según la Ley Fintec, aquellos que presten servicios regulados deben solicitar registro y autorización en un plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigencia. Aquellos que hayan presentado solicitudes podrán continuar sus actividades hasta la resolución de la CMF.

Es crucial destacar que a partir del 3 de febrero de 2024, ninguna entidad podrá prestar servicios de asesoría de inversión sin estar inscrita en el Registro y autorizada por la CMF, según lo establecido en la NCG N°494 publicada en febrero de 2023.

Prepárate para el cambio y asegura el cumplimiento con la nueva normativa.

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