
Diferencias entre Firma Electrónica Avanzada Simple y Firma Electrónica Avanzada.
01.10.2025
En Chile, la Ley 19.799 sobre Firma Electrónica, Documento Electrónico y Servicios de Certificación, promulgada en 2002, consolidó la validez legal de los documentos electrónicos. A más de dos décadas, y tras el impulso de la pandemia, la firma digital se ha expandido incluso a trámites que antes eran impensados fuera de la presencialidad, como la compra-venta de inmuebles o automóviles.
Sin embargo, no todas las firmas electrónicas tienen la misma validez. La ley distingue entre firma electrónica simple (FES) y firma electrónica avanzada (FEA). Ambas permiten firmar documentos digitales, pero con alcances diferentes en seguridad, certificación y uso legal.
¿Qué es la Firma Electrónica Simple (FES)?
La firma simple corresponde a toda aquella que no es avanzada. Puede ser un nombre al pie de un correo, una huella digital, el RUN en un documento o la imagen escaneada de una firma manuscrita.
No requiere certificación oficial.
Sirve para identificar al autor, pero con menor nivel de seguridad.
Es válida en documentos laborales (según la Dirección del Trabajo) y en Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) como facturas y guías de despacho.
¿Qué es la Firma Electrónica Avanzada (FEA)?
La firma avanzada es certificada por un prestador acreditado y otorga al documento firmado digitalmente el mismo valor legal que una firma manuscrita en papel.
Sus principales atributos son:
- Autenticidad: confirma la identidad legal del firmante.
- Integridad: asegura que el documento no ha sido alterado.
- No repudio: el firmante no puede desconocer el acto realizado.
La FEA es obligatoria en instrumentos privados y públicos electrónicos, como escrituras públicas, contratos bancarios, mandatos judiciales y promesas de compraventa de inmuebles.
Cuadro comparativo: Firma Electrónica Simple vs. Avanzada
Atributo | Firma Electrónica Simple (FES) | Firma Electrónica Avanzada (FEA) |
---|---|---|
Validez legal | Limitada. No es válida cuando la ley exige firma avanzada. | Total. Equivale a la firma manuscrita en papel. |
Proceso para obtenerla | No requiere certificación; puede ser creada por el usuario. | Requiere certificado digital emitido por un prestador acreditado. |
Seguridad | Baja. Puede ser falsificada o modificada fácilmente. | Alta. Encriptada, inmutable, con autenticidad e integridad garantizadas. |
Casos de uso | Correos electrónicos, acuerdos simples, documentos laborales y DTE. | Escrituras públicas, promesas de compraventa, contratos bancarios, trámites judiciales. |
Documentos de referencia oficiales
Resolución del SII sobre documentos firmados con firma electrónica (PDF)
Ordinario de la Dirección del Trabajo sobre uso de Firma Simple en documentos laborales (PDF)